Certificados de Ahorro Energético (CAE) en 2026 | Bettergy

Certificados de Ahorro Energético (CAE): cómo funcionan en 2026 y quién se queda el ahorro

Los Certificados de Ahorro Energético (CAE) permiten convertir el ahorro de energía conseguido con una actuación de eficiencia energética en una compensación económica.

Cada CAE acredita 1 kWh de ahorro anual de energía final. Para obtenerlo, el ahorro debe calcularse, documentarse y verificarse conforme a los requisitos del sistema. La empresa que tiene derecho sobre ese ahorro puede cederlo a un sujeto obligado o delegado a cambio de una contraprestación.

De este modo, una empresa puede reducir su consumo energético y recuperar parte de la inversión realizada en la mejora.

Lo esencial sobre CAEs en un minuto

  • Quién compra los CAE: los sujetos obligados, es decir, las comercializadoras de electricidad y gas y los operadores al por mayor de productos petrolíferos y gases licuados del petróleo.
  • Qué cambia en 2026: los sujetos obligados pueden cubrir hasta el 92% de su obligación con CAE y aportan al menos el 8% al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (Orden TED/133/2026).
  • Fiscalidad: desde el 22 de marzo de 2026, la venta de ahorros energéticos dentro del sistema CAE está exenta del ITP y AJD (Real Decreto-ley 7/2026).
  • Qué no genera CAE: la instalación fotovoltaica de autoconsumo y los puntos de recarga de vehículo eléctrico.

Este artículo se centra en empresas industriales y del sector terciario. Si quieres saber cuánto puede valer un CAE y cómo se traduce en retorno, lo explicamos en nuestra guía sobre cómo monetizar el ahorro energético con CAE.

¿Qué normativa regula los CAE en 2026?

El sistema CAE forma parte del Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE), que asigna cada año a los sujetos obligados una cuota de ahorro. Pueden cumplirla pagando al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE) o comprando CAE. Estas son las normas que lo sostienen:

Los CAE ganan peso frente al Fondo

La orden TED/133/2026, publicada en el BOE el 27 de febrero de 2026, permite a los sujetos obligados cubrir hasta el 92% de su obligación con CAE. El 8% restante, como mínimo, se paga al FNEE. Cuanto mayor es ese porcentaje, más demanda de ahorros certificados hay en el mercado.

¿Hay qué pagar ITP y AJD por la transmisión de ahorros?

El Real Decreto-ley 7/2026 añadió una exención en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados para las transmisiones de ahorros energéticos dentro del sistema CAE. Se aplica desde el 22 de marzo de 2026 y no tiene efecto retroactivo.

Multiplicadores para la bomba de calor en vivienda

El mismo Real Decreto-ley ordenó aprobar coeficientes que multiplican el ahorro cuando se sustituye una caldera de combustible fósil por una bomba de calor. La propuesta que el MITECO sometió a audiencia en julio de 2026 se dirige a edificios residenciales, con multiplicadores de hasta cuatro y un incremento adicional para hogares vulnerables. Según esa propuesta, los expedientes podrían presentarse desde el 2 de enero de 2o27. Por ahora no afecta a actuaciones industriales.

Cambios en las obligaciones a partir de 2027

El marco normativo de 2026, impulsado inicialmente por el Real Decreto-ley 7/2026 y completado posteriormente por el Real Decreto-ley 25/2026, reescribe y actualiza los artículos clave de la Ley 18/2014 que regulan las obligaciones de ahorro. Esta remodelación legislativa eleva las exigencias para los sujetos obligados, endurece los mecanismos de control y refuerza el régimen sancionador, todo ello con efectos directos sobre la gestión y liquidación de las obligaciones de ahorro de cara a 2027.

¿Cómo funciona el sistema CAE paso a paso?

En el sistema participan varios agentes con funciones distintas:

Agente

Qué hace

Propietario del ahorro

La empresa o entidad que ejecuta la actuación y tiene derecho a vender el ahorro

Sujeto obligado

Comercializadora u operador con cuota anual de ahorro; compra CAE para cumplirla

Sujeto delegado

Entidad habilitada por el MITECO que gestiona y agrega ahorros en nombre de los propietarios

Verificador del ahorro

Entidad acreditada por ENAC que comprueba de forma independiente el cálculo y la documentación

Comunidad autónoma

Emite el CAE y lo inscribe en el Registro Nacional

MITECO

Coordina el sistema a nivel nacional y recibe la liquidación de los CAE

El recorrido de un CAE sigue los siguientes pasos:
1. Identificar la actuación y comprobar si encaja en una ficha del catálogo (actuación estandarizada) o si necesita un cálculo específico (actuación singular).

2. Firmar el acuerdo o convenio de cesión de ahorros con un sujeto obligado o delegado antes de ejecutar la actuación. En el se fija el precio por kWh, las condiciones económicas y quién asume la gestión de los trámites.

3. Ejecutar y documentar la actuación: conservar facturas, fechas, especificaciones técnicas y recoger las evidencias o mediciones necesarias (antes y después, según proceda). 

4. Verificar el ahorro energético obtenido por medio de un verificador de CAE acreditado por ENAC.

5. Emitir el CAE: la comunidad autónomo donde se ha llevado a cabo la actuación valida el expediente, expide su certificado y procede a su inscripción en el Registro Nacional de CAE.

6. Liquidar el CAE: el sujeto obligado presenta el certificado ante el MITECO para cumplir con su cuota anual de ahorro. Puede utilizar los CAE emitidos durante el año de la actuación y en los tres años naturales posteriores. 

¿Estandarizada o singular? Tipos de actuaciones en el sistema CAE.

Una actuación estandarizada sigue una ficha del catálogo con la metodología de cálculo ya definida, lo que hace el expediente más predecible. Una actuación singular se calcula con una metodología propia y se usa cuando la medida no encaja en ninguna ficha, algo habitual en procesos industriales con ahorros elevados. 

¿Qué actuaciones industriales generan CAE?

Genera CAE cualquier actuación que reduzca el consumo de energía final de forma medible y verificable. En industria y terciario, las más habituales son estas: 

Actuación

¿Genera CAE?

Observaciones

Sustitución de caldera por bomba de calor

Sí

Ficha del catálogo. Los multiplicadores de 2026 se dirigen a vivienda

Recuperación de calor residual

Sí

Ficha o actuación singular según el proceso

Mejora de sistemas de vapor o aire comprimido

Sí

Ficha del catálogo

Variadores de velocidad en motores

Sí

Ficha del catálogo

Optimización de sistemas frigoríficos

Sí

Ficha del catálogo

Aislamiento de tuberías y equipos de proceso

Sí

Ficha del catálogo

Renovación de climatización en edificios

Sí

Ficha del catálogo

Renovación de iluminación

Depende

Solo si existe ficha aplicable al uso [CONFIRMAR]

Instalación fotovoltaica de autoconsumo

No

No se acredita como ahorro de energía final en el sistema CAE

Puntos de recarga de vehículo eléctrico

No

No generan CAE

El catálogo se actualiza: el MITECO añade, modifica o retira fichas. Antes de invertir, conviene comprobar qué focha aplica a tu caso o si tu actuación debe tramitarse como singular.

¿Quién es el propietario del ahorro y quién cobra el CAE?

Depende de como se financie la actuación.

Si inviertes con capital propio, tu empresa es la propietaria del ahorro (CONFIRMAR redacción del Real Decreto 36/2023). Además del ahorro en la factura, puedes vender ese ahorro a un sujeto obligado o delegado mediante un convenio CAE y obtener un ingreso adicional.
 
Si contratas un servicio energético con una empresa de servicios energéticos (ESE o ESCO), la titularidad del ahorro la fija el contrato. Puede quedársela la empresa de servicios y descontarla en el precio del servicio, o puede cederse a tu empresa. Revisa esa cláusula antes de firmar, porque decide quién cobra el CAE.

En ambos casos si la actuación ha recibido otras ayudas o subvenciones, el propietario del ahorro debe declararlo. La compatibilidad se valora caso por caso.

¿Qué hace un sujeto delegado como Bettergy?

Un sujeto delegado es una entidad habilitada por el MITECO para gestionar ahorros energéticos en nombre de sus propietarios y llevarlos al mercado de CAE. Bettergy está habilitada como sujeto delegado con el código SDB93149870. Esta habilitación se refiere al sistema CAE.

Como sujeto delegado, en Bettergy te ayudamos a: 

  • Revisar las actuaciones que tienes previstas o ya ejecutadas y comprobar si pueden generar CAE.
  • Calcular el ahorro y preparar el expediente según la ficha del catálogo o como actuación singular.
  • Coordinar la verificación con el verificador acreditado y acompañarte durante la revisión.
  • Tramitar la emisión del CAE ante la comunidad autónoma y su inscripción en el Registro Nacional.
  • Asesorarte es el convenio CAE y en la valoración de las ofertas de compra.
  • Cuando aplica, ejecutar la actuación bajo un modelo de servicios energéticos.

Preguntas frecuentes sobre los CAE

¿Qué es un CAE en pocas palabras?

Es un certificado electrónico que acredita 1 kWh de ahorro de energía final, verificado por un tercero independiente. Lo emite la comunidad autónoma y se puede vender a las comercializadoras de energía, que lo usan para cumplir su obligación de ahorro.

¿la fotovoltaica o los puntos de recarga generan CAE?

No. El sistema CAE certifica reducciones del consumo de energía final, y ni el autoconsumo fotovoltaico ni los puntos de recarga se acreditan como tales. Sí generan CAE, por ejemplo, la sustitución de calderas por bombas de calor o la recuperación de calor residual.

¿Hay que pagar ITP al vender los ahorros de un CAE?

No, desde el 22 de marzo de 2026. El Real Decreto-ley 7/2026 declaró exentas del ITP y AJD las transmisiones de ahorros energéticos dentro del sistema CAE. La exención no se aplica a operaciones anteriores a esa fecha.

¿Qué parte de su obligación pueden cubrir las comercializadoras con CAE en 2026?

Hasta el 92%, según la Orden TED/133/2026. El resto, como mínimo un 8%, lo aportan al Fondo Nacional de Eficiencia Energética.

¿Cuánto vale un CAE?

El precio se pacta en el convenio CAE y depende de la oferta y la demanda. Como referencia, la equivalencia financiera de 2026 es de 198.624,25 € por GWh, unos 0,20 € por kWh: es lo que paga el sujeto obligado al Fondo por cada unidad de obligación que no cubre con CAE.

¿El multiplicador para la bomba de calor se aplica a la industria?

Según la propuesta publicada por el MITECO en julio de 2026, no. Los coeficientes se dirigen a la sustitución de calderas fósiles por bombas de calor en edificios residenciales.

¿Puedo tramitar un CAE si la actuación ya está hecha?

Puede ser posible si la actuación terminó dentro del plazo admitido y está bien documentada, con facturas, fechas y datos técnicos [CONFIRMAR condiciones]. Conviene revisarlo cuanto antes, porque el plazo para liquidar el CAE es limitado.

¿Qué diferencia hay entre un sujeto obligado y un sujeto delegado?

El sujeto obligado es la comercializadora u operador que tiene una cuota de ahorro que cumplir. El sujeto delegado es una entidad habilitada por el MITECO que gestiona ahorros de terceros y los pone a disposición de los sujetos obligados.

Convierte el ahorro de tu empresa en CAE

Si tienes una actuación de eficiencia prevista o ya ejecutada, podemos revisar si genera CAE y gestionar todo el proceso hasta su venta. Consulta cómo trabajamos en nuestra página del sistema CAE o escríbenos a comercial@bettergy.es. También puedes llamarnos al 952 025 789 o al 651 46 87 26.

Asesórate con expertos

Si quieres conocer más detalles sobre la instalación fotovoltaica o de puntos de recarga, en Bettergy podemos ayudarte en el 952 025 789 / 651 46 87 26 o por correo a través de comercial@bettergy.es