Guía completa sobre la Orden TED/133/2026 (BOE-A-2026-4522): qué cambia en 2026 para CAEs y FNEE

El BOE ha publicado la Orden TED/133/2026, fija las obligaciones anuales de ahorro energético para los sujetos obligados del Sistema Nacional de Obligaciones de Eficiencia Energética (SNOEE). También establece la equivalencia financiera en 2,31 M€/ktep y regula cómo pueden cumplirse esas obligaciones: mediante aportaciones al Fondo Nacional de Eficiencia Energética (FNEE) o, en hasta un 92%, a través de Certificados de Ahorro Energético (CAEs).

Tabla de contenidos

¿Qué fija exactamente la Orden TED/133/2026 para 2026?

La Orden TED/133/2026 aterriza en términos numéricos cómo debe funcionar el SNOEE en 2026:

  • Define el objetivo anual de ahorro energético del sistema.
  • Fija la equivalencia financiera para calcular el coste económico de ese objetivo.
  • Reparte cuotas individuales a cada sujeto obligado.
  • Establece las reglas de cumplimiento combinando aportaciones al FNEE y liquidación de CAEs.

En otras palabras, marca las reglas del juego para que las empresas obligadas sepan cuánto deben ahorrar, cuánto les cuesta económicamente y qué margen tienen para cumplir mediante proyectos de eficiencia energética certificados.

Obligación 2026: objetivo de ahorro y equivalencia financiera

1) El objetivo anual del sistema

Para 2026 se fija en 801,822 ktep, equivalentes a 9.325,189 GWh. Ese número sirve como base para calcular cuotas y obligaciones

2) La equivalencia financiera

Para 2026 se establece en 2,31 M€/ktep, equivalentes a 198.624,25 €/GWh. Es el factor que traduce ahorro a importe económico dentro del esquema del Fondo y el cumplimiento.

Calendario de pagos, CAEs y gestión de caja en 2026

En 2026, la obligación se considera devengada desde el 1 de enero. El pago al FNEE se articula en cuatro vencimientos: 31 de marzo, 30 de junio, 30 de septiembre y 31 de diciembre.

Si el sujeto obligado decide liquidar CAEs, puede aplicar ese cumplimiento para reducir el importe a ingresar en los pagos trimestrales, siempre que mantenga el mínimo del 8% al FNEE. Si no llega con CAEs, la parte no cubierta debe quedar regularizada antes del 31 de diciembre.

La consecuencia práctica es clara: el uso de CAEs no se gestiona solo “al cierre del año”. El calendario trimestral importa, y condiciona planificación, compras y tiempos de tramitación.

¿A quién obliga en 2026: quiénes son los “sujetos obligados” del SNOEE?

La Orden asigna obligaciones individuales a los sujetos obligados en función de sus ventas de energía final en el mercado nacional durante 2024, declaradas a través de DAFNE y verificadas con fuentes regulatorias y sectoriales.

Los sujetos obligados son:

  • Comercializadoras de gas y electricidad.
  • Operadores al por mayor de productos petrolíferos.
  • Operadores al por mayor de GLP.

La lista nominal con las cuotas individuales está publicada en el Anexo II de la Orden. Cada empresa puede consultar exactamente cuánto debe ahorrar y cuánto le costaría no hacerlo.

¿Qué adelanta la Orden sobre 2027–2028 (y qué no)?

Según la Orden TED/133/2026 (BOE-A-2026-4522), las previsiones para 2027 y 2028 son:

  • 2027: objetivo de 900 ktep · equivalencia financiera de 2,43 M€/ktep · mínimo FNEE del 8 %.
  • 2028: objetivo de 950 ktep · equivalencia financiera de 2,50 M€/ktep · mínimo FNEE del 5 %.

El objetivo crece. La equivalencia financiera sube. Y el porcentaje mínimo de aportación obligatoria al FNEE baja en 2028 al 5 %, lo que amplía el margen para cubrirlo todo con CAEs.

La señal es clara: el sistema seguirá creciendo y el peso de los CAEs como instrumento de cumplimiento irá aumentando.

Mano con camisa blanca sosteniendo un icono de certificación de eficiencia energética (A–G) dentro de una burbuja, rodeado de símbolos de sostenibilidad, energías renovables, reciclaje y reducción de CO₂

¿Qué implica esto para la demanda de CAEs y la estrategia de ejecución de medidas?

La Orden TED/133/2026 activa obligaciones para los sujetos obligados. Pero también crea una oportunidad económica para cualquier empresa que tenga consumo energético relevante y quiera monetizar sus ahorros.

Como Sujeto Delegado, Bettergy te acompaña en todo el ciclo de vida del CAE: desde la identificación de las medidas de eficiencia hasta la monetización efectiva de los certificados, alineando la planificación técnica, económica y regulatoria.

Preguntas frecuentes sobre la Orden TED/133/2026 (BOE-A-2026-4522)

El texto íntegro de la Orden TED/133/2026 (referencia BOE-A-2026-4522) está disponible en el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y en el propio Boletín Oficial del Estado, donde se recogen todos los anexos con las cuotas individuales, los detalles metodológicos de cálculo y los formularios para solicitudes de devolución.

801,822 ktep, equivalentes a 9.325,189 GWh.

2,31 M€/ktep, equivalentes a 198.624,25 €/GWh.

Al menos el 8% de la obligación anual; el resto puede satisfacerse con CAEs si se liquidan.

La Orden es un instrumento de ejecución de la Directiva en España. Según el artículo 8 de la Directiva 2023/1791, España debe alcanzar un ahorro acumulado de 53.593 ktep en el periodo 2021-2030, un 44 % más que el objetivo fijado por la directiva anterior. La Orden TED/133/2026 concreta qué parte de ese objetivo corresponde acreditar durante este año y cómo.

900 ktep (2027) y 950 ktep (2028), con equivalencias 2,43 y 2,50 M€/ktep; mínimo FNEE 8% (2027) y 5% (2028).

0,0024374639 €/kWh desde la entrada en vigor.

Asesórate con expertos

Si quieres conocer más detalles sobre la instalación fotovoltaica o de puntos de recarga, en Bettergy podemos ayudarte en el 952 025 789 / 651 46 87 26 o por correo a través de comercial@bettergy.es

Compartir:

Otras noticias