La Resolución de 30 de julio de 2026 de la Dirección General de Planificación y Coordinación Energética modifica cómo se calcula el ahorro energético en tres fichas del sector transporte del catálogo CAE: telemetría de conducción eficiente, movilidad colaborativa y sustitución de vehículos por eléctricos. Repasamos qué cambia para cada tipo de empresa y en qué casos el ahorro reconocido aumenta o se reduce.
El 4 de agosto de 2026, el BOE publicó la Resolución de 30 de julio de 2026 de la Dirección General de Planificación y Coordinación Energética (BOE-A-2026-16993). Esta resolución actualiza el Anexo I de la Orden TED/845/2023 y modifica tres actuaciones del catálogo CAE relacionadas con el transporte.
Específicamente, este cambio afecta tres actuaciones del sector transporte: a los sistemas de ayuda a la conducción eficiente en flotas (ficha TRA020), la movilidad colaborativa en trayectos habituales (ficha TRA040) y la sustitución de vehículos de combustión por eléctricos (ficha TRA050, que se desdobla en dos).
Estos ajustes afectan a los requisitos técnicos y a la forma de calcular el ahorro energético. Además, en algunos casos se amplían las actuaciones que pueden acogerse al sistema CAE.
Para una empresa con flota propia, un programa de movilidad compartida o un plan de renovación hacia vehículos eléctricos, entender en qué lado queda cada actuación es lo que determina si conviene tramitarla ya, esperar o revisar cómo se está documentando.
La actualización afecta principalmente a empresas con flotas, operadores de plataformas de movilidad colaborativa, particulares que sustituyen vehículos por eléctricos y empresas o administraciones que estén electrificando sus flotas.
También puede afectar a empresas cuya actividad principal no sea el transporte, pero cuyos empleados necesiten utilizar vehículos de empresa de forma diaria, constante y necesaria para realizar su trabajo.
Actuación CAE | Ficha | Cambio |
Conducción eficiente y telemetría | TRA020 V2.0 | Nueva metodología de medición, retroalimentación al conductor y trazabilidad del repostaje |
Movilidad colaborativa | TRA040 V2.0 | Nuevos límites de trayecto, identidad, antifraude y parámetro c = 0,5 |
Sustitución por vehículo eléctrico de particulares | TRA050.P V2.0 | Factor de antigüedad del vehículo sustituido |
Sustitución por vehículo eléctrico de empresas | TRA050.E V2.0 | Mayor cobertura de categorías, vehículos pesados y reglas específicas de flota |
La antigua ficha TRA020, Sistema de telemetría y geoposicionamiento en flota de transporte, se sustituye por la versión 2.0 denominada Sistema de ayuda a la conducción eficiente con retroalimentación al conductor en flota de transporte.
El cambio de nombre conlleva también a una ampliación del ámbito de aplicación. En otras palabras, la ficha ahora reconoce dos modalidades de sistema.
El sistema emite alertas sonoras o visuales al conductor en tiempo real ante comportamientos de conducción ineficiente (aceleraciones bruscas, frenazos, exceso de velocidad, ralentí prolongado).
El sistema genera informes de desempeño por conductor, con una cadencia mínima quincenal durante el periodo de medición y mensual después, accesibles para cada usuario.
Adicionalmente, la ficha amplía su ámbito a flotas de las categorías:
Esto quiere decir que no se limita solo a empresas de transporte. También puede aplicarse a empresas que utilicen una flota para los desplazamientos laborales habituales de sus empleados, siempre que esos desplazamientos sean necesarios para el trabajo.
90 días antes y 90 días después para demostrar el ahorro
La nueva metodología fija dos periodos de medición correlativos:
Además, únicamente se consideran vehículos con una actividad suficientemente comparable. El kilometraje antes y después debe presentar una variación inferior al 40 % y los vehículos con un ahorro de combustible superior al 20 % se excluyen automáticamente como valores atípicos.
La TRA020 incorpora el parámetro r, que representa la proporción del repostaje realizado en España expresada en tanto por uno.
La ficha exige que la localización y la fecha de esos repostajes queden acreditadas mediante registros automáticos procedentes del sistema telemático. No se admiten registros manuales, tickets ni declaraciones como sustitución de esa captura automática.
Requisitos técnicos generales para el sistema telemático.
Se incorporan referencias concretas a normativa y estándares europeos de ciberseguridad, protección de datos y seguridad del vehículo.
No había criterios homogéneos para excluir datos anómalos.
Se excluyen los vehículos cuyo kilometraje varíe más de un 40 % entre periodos y aquellos que presenten un ahorro de combustible superior al 20 %, al considerarse valores atípicos.
No se definía con precisión el periodo de medición
Se establecen 90 días de medición antes de la activación y 90 días después, manteniendo los mismos itinerarios y recorridos.
La ficha podía cumplimentarse directamente.
La ficha pasa a ser de solo lectura. Los datos deben introducirse en la solicitud mediante la hoja de cálculo facilitada por el Coordinador Nacional.
La ficha que reconoce el ahorro energético generado por plataformas de coche compartido en trayectos habituales (TRA040) también se actualiza.
El texto de la resolución la renombra como “Movilidad colaborativa en trayectos rutinarios”, dejando atrás su denominación anterior, limitada a movilidad “urbana y metropolitana”.
Los cambios más relevantes:
La nueva TRA040 admite como máximo dos desplazamientos diarios por usuario: uno de ida y otro de vuelta al mismo origen.
Entre ambos debe existir un intervalo mínimo de dos horas y cada desplazamiento puede tener como máximo 75 kilómetros, con un límite diario total de 150 kilómetros.
Los puntos de origen y destino deben ser recurrentes y mantenerse estables. La ficha admite pequeñas variaciones inferiores a dos kilómetros y permite modificar el trayecto asignado a un pasajero un máximo de tres veces al año.
El parámetro c, que representa el porcentaje de pasajeros que habrían utilizado individualmente un coche si no hubieran compartido vehículo, queda fijado en 0,5.
La ficha actual también utiliza un consumo específico medio de referencia de 0,74 kWh/km.
Por ejemplo, para un trayecto computable de 30 km, la nueva fórmula genera:
0,74 × 30 × 0,5 = 11,10 kWh de ahorro.
En una versión anterior, con un consumo de referencia de 0,705 kWh/km y un parámetro c acreditado de 0,8, el mismo trayecto generaba:
0,705 × 30 × 0,8 = 16,92 kWh.
En este ejemplo, el ahorro reconocido pasa de 16,92 a 11,10 kWh, una reducción aproximada del 34,4 %.
La plataforma debe validar la identidad de los usuarios contrastando la información con su DNI y asociar cada cuenta a un identificador único. También debe evitar que el mismo usuario o trayecto genere ahorro en más de una plataforma.
La TRA040 deja de vincular la movilidad colaborativa únicamente a entornos urbanos o metropolitanos.
El criterio intraprovincial se sustituye por límites de distancia, lo que facilita que puedan computarse desplazamientos recurrentes desde zonas rurales hacia núcleos con mayor concentración de empleo.
Esto amplía el potencial de la ficha para programas de movilidad laboral en municipios pequeños y territorios con desplazamientos diarios interurbanos.
La plataforma tiene que informar a conductores y pasajeros tanto del ahorro energético generado como del incentivo recibido por la cesión de esos ahorros.
Como criterio general, el incentivo debe repartirse por igual entre quienes comparten el vehículo e indicarles los kWh ahorrados. La ficha permite que se entregue únicamente al conductor cuando este no repercuta ningún coste del trayecto al pasajero.
La antigua TRA050 deja de funcionar como ficha única y se divide en dos:
La misma sustitución, realizada por empresas y entidades públicas. Aplica a un rango más amplio de categorías: M1, M2, M3, N1, N2, N3 y L.
Sustitución realizada por una persona física sin actividad económica. Aplica a las categorías M1, M2, N1 y L.
En ambos casos, el vehículo sustituido debe haber permanecido en propiedad durante más de dos años, salvo determinadas situaciones de renting previstas expresamente en la ficha.
El vehículo eléctrico puro tampoco puede haber sido beneficiario anteriormente del Sistema de CAE. El vehículo sustituido no puede haber sido declarado siniestro y debe disponer de permiso de circulación vigente. Además, debe haber tenido la ITV en vigor durante al menos nueve meses de los doce anteriores a la sustitución.
La ficha destinada a particulares introduce un factor de ponderación por antigüedad que incrementa el ahorro calculado para vehículos con más años.
El factor comienza en 1,1 para vehículos de entre 10 y 15 años y alcanza 1,3 cuando superan los 30 años.
Por tanto, dentro de una cartera de sustituciones realizadas por particulares, la antigüedad puede modificar directamente el volumen de ahorro energético reconocido.
La ficha empresarial cubre categorías M1, M2, M3, N1, N2, N3 y L y exige que el vehículo eléctrico sustituto mantenga la misma categoría, tipo y código de uso que el vehículo sustituido.
Para los vehículos pesados, la metodología incorpora consumos desglosados apoyados en información del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.
Además, se incorpora documentación específica para mejorar la trazabilidad de las sustituciones dentro de las flotas empresariales.
Particulares (TRA050.P) | Empresas y entidades (TRA050.E) | |
Titular | Persona física, sin actividad económica | Persona jurídica, privada o pública |
Categorías | M1, M2, N1, L | M1, M2, M3, N1, N2, N3, L |
Cálculo del ahorro | Incorpora un factor de ponderación por antigüedad del vehículo sustituido (de 1,1 a 1,3 según los años), que incentiva sustituir los vehículos más antiguos | Consumos de vehículos pesados (autobuses, autocares, camiones) desglosados según datos del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible |
Plazo venta/adquisición | Entre 3 meses antes y 6 meses después de adquirir el vehículo nuevo | Igual, salvo entidades del sector público: entre 1 año antes y 18 meses después, para ajustarse a los plazos de licitación pública |
Documentación específica | — | Declaración responsable adicional para trazar sustituciones dentro de flotas empresariales |
Durante ese periodo transitorio, es posible solicitar la certificación de ahorros conforme a los criterios de la ficha anterior a esta actualización, siempre que el solicitante pueda demostrar que la actuación ya se había iniciado antes de la fecha de modificación. Pasado ese plazo, solo son válidos los criterios y la metodología de las nuevas versiones.
Bettergy opera como Sujeto Delegado dentro del sistema CAE, según el listado oficial publicado por MITECO. En actuaciones como la telemetría de flotas, la movilidad compartida o la sustitución de vehículos por eléctricos, el valor está en identificar qué ficha y qué metodología conviene a cada actuación, calcular el ahorro real con los nuevos parámetros y preparar un expediente que resista la verificación.
Si tu empresa gestiona flota propia, participa en un programa de movilidad compartida o está renovando vehículos por eléctricos, Bettergy puede ayudarte a revisar tus actuaciones a la luz de esta actualización y a estructurar la documentación necesaria para tramitar los CAE correspondientes.
La Resolución de 30 de julio de 2026 actualiza TRA020 y TRA040 y desdobla la antigua TRA050 en las nuevas TRA050.P, para particulares, y TRA050.E, para empresas y entidades públicas.
No, si repostas de forma prácticamente íntegra en España. El nuevo factor de repostaje nacional solo reduce el ahorro reconocido en flotas que repostan una parte relevante fuera del país.
Sí, durante un periodo transitorio de cuatro meses desde el día siguiente a la publicación en el BOE, siempre que puedas demostrar que la actuación ya se había iniciado antes de esa fecha.
No. El cambio afecta a la certificación de nuevos ahorros. Los CAE ya emitidos no se ven alterados por esta actualización.
En el BOE, referencia BOE-A-2026-16993, y en las fichas actualizadas publicadas en la web del catálogo CAE del MITECO.